Seas o no vecino de la ciudad habrás escuchado hablar sobre “Madrid Central”, pero… ¿realmente entiendes lo que significa?
En discoolver te traemos esta práctica recopilación con las mayores dudas para convertirte en un experto en la materia.
¿Qué es Madrid Central?
Lo primero y más básico es poder conocer este concepto. Madrid Central es una propuesta del Ayuntamiento de Madrid que entró en vigor el 30 de noviembre. Se podría entender como la elaboración de un mapa del centro de la ciudad donde hay una serie de restricciones enfocadas al tráfico.
¿Para qué se limita la circulación?
Previamente Madrid superaba los niveles de protección contra la contaminación marcados por la legislación Europea. Con esta nueva propuesta se garantiza un entorno más saludable ya que se reduce el ruido en el centro de la ciudad y se bajan las emisiones.
Tengo un vehículo diésel, ¿puedo acceder a la ciudad?
El acceso a Madrid no está condicionado al tipo de combustible, pero sí a las etiquetas de la DGT. Estas últimas son el criterio para decidir si puedes entrar con tu vehículo a la ciudad o no.
¿Es necesario llevar la etiqueta de la DGT?
En la actualidad se recomienda llevar el distintivo en un lugar visible a los vehículos con clasificación 0 Emisiones, ECO, C y B pero, a partir del 24 de abril de 2019 será obligatorio para poder circular por Madrid. Si todavía no tienes la pegatina puedes obtenerla en tu oficina de Correos más cercana, o pidiéndola a través de esta página web: http://www.dgt.es/es/seguridad-vial/distintivo-ambiental/
¿Hay multas en Madrid Central?
Cuando un conductor entre en la zona restringida y no cuente con los requisitos e infrinja normativa le llegará una carta informando de cómo debe actuar en el nuevo escenario. A partir de marzo las cartas se cambiarán por multas, sanciones económicas de 90 euros, aunque si se pagan en el plazo de 20 días naturales disminuirá en 45 euros.
Soy una persona con movilidad reducida, ¿puedo acceder?
Sí, las personas con movilidad reducida pueden acceder al centro de Madrid con cualquier vehículo independientemente de su etiqueta de la DGT. Previamente tendrán que dar de alta a la matrícula con la que van a entrar a la ciudad.
¿Dónde aparco?
Existen dos principales casos:
1) Eres residente
No tendrás problemas para aparcar mientras estés empadronado, además puedes circular libremente por la zona.
2) No eres residente
En el caso de los no residentes, todo dependerá del tipo de vehículo y el etiquetado ambiental para poder aparcar en la zona.
- Por lo general sólo podrán aparcar con total libertad los vehículos con etiqueta 0.
- Los ECO podrán circular y aparcar en zona SER un máximo de dos horas.
- Los vehículos con distintivo B y C podrán aparcar sólo en aparcamientos públicos o privados.
Todos los tipos de escenarios y sus normas:
La activación de los escenarios dependen del nivel de contaminación en la ciudad. Para así poder garantizar una ciudad limpia y saludable. Por eso, no todos los días están activados los mismos protocolos.
Para informarte sobre los diferentes niveles ten a mano las diferentes redes sociales del Ayuntamiento de Madrid, donde publican recurrentemente todos estos detalles o puedes llamar al 010 para obtener más información. Si llamas desde fuera de Madrid llama al 915 298 210.
En el gráfico de continuación se explica de una manera breve los diferentes escenarios en relación de las etiquetas con sus principales características: